FIRMAS INVITADAS

Don José Antonio Martínez, vicario judicial de la Archidiócesis de Toledo: Un juez, convertido en testigo, entre  el Papa Francisco y las mujeres separadas

don José Antonio Martínez

Jesucristo, juez misericordioso, es el título del Motu proprio que el Papa Francisco aprobó en el año 2015 y entró en vigor en el día de la Inmaculada de ese mismo año. Jesucristo, el Buen Pastor, que guía a su rebaño con desvelo, misericordia y con amor, nos ha entregado su Espíritu Santo para que, en su nombre, también nosotros seamos espejo de su caridad pastoral, misericordiosos con los más pobres, acercándonos al sufrimiento de tantas personas, como aquel samaritano que se acercó al malherido en el camino de Jericó. Ese Espíritu Santo ha sido derramado en los Apóstoles y en sus sucesores. Especialmente está presente con su acción misteriosa en los pastores de la Iglesia y, como no, en el que hoy es sucesor de Pedro, el Papa Francisco.

El lunes 26 de junio, por esos misterios que tiene la Providencia, el Papa Francisco invitó a un grupo de mujeres separadas y divorciadas, que forman parte del Grupo de Santa Teresa de Toledo, a tener un encuentro privado en su casa, en Roma. Por la relación estrecha en trabajo pastoral entre la Delegación de Familia y Vida y la Vicaría Judicial, fui invitado a acompañar a este grupo teniendo  la oportunidad de poder exponerle al Santo Padre el trabajo que estamos haciendo conjuntamente.

Así fue: al tiempo que le agradecíamos al Santo Padre su amabilidad para con nosotros, su magisterio tan acertado y lleno de caridad pastoral hacia las familias, le expuse brevemente el camino que hemos recorrido estos años. Una primera parte fue mostrar el trabajo previo que algunos sacerdotes preparados específicamente para ello hacen acogiendo a las personas que solicitan iniciar el proceso de declaración  de nulidad de su matrimonio, a lo que se suma la ayuda inestimable de la Delegación de Familia, los COF´s, y grupos como éste de Santa Teresa. Después hablamos del seguimiento que hacemos durante el proceso y, por último, en concordancia con la pastoral judicial expuesta en el Magisterio pontificio, el período de acompañamiento posterior a la sentencia. Le conté al Santo Padre que, una vez declarado nulo el matrimonio, le hacíamos entrega personal de la sentencia a los cónyuges, explicándoles las razones por los que se llega a la parte dispositiva o resolución judicial; al tiempo que se les ofrecía el amplio programa de actividades pastorales que la Archidiócesis de Toledo lleva a cabo con los matrimonios y las familias, animándoles a integrarse en los grupos parroquiales familiares; y, en los casos en los que los esposos tengan impuesto  un veto y tienen intención de contraer nuevas nupcias, también les proponemos participar en un curso prematrimonial específico, acompañados por un matrimonio y un asesor psicológico que les acoge y les hace profundizar en determinados temas con miras al nuevo matrimonio.

El Santo Padre se interesó mucho por ello, comentó algunas anécdotas acerca del Motu proprio, así como del proceso breve ante el Obispo, confesando que él mismo había firmado el primero en la Diócesis de Roma, de la que él es su Obispo, claro está. También comentó la necesidad de preparar ministros para el Tribunal, a lo que D. Braulio le comentó que en Toledo llevamos tres años haciendo un curso para expertos en derecho matrimonial canónico al que asisten abogados y psicólogos.

Considero que este encuentro significa mucho para el rumbo que actualmente tiene y debe proseguir nuestra Vicaría Judicial. El ministerio de la justicia, que brota de la tria munera que el Obispo diocesano tiene por su consagración episcopal, no es simplemente el ejercicio y la puesta en práctica de los cánones del Código de Derecho Canónico y en la legislación posterior, sino que, del mismo Código y del espíritu del supremo legislador, brota el talante y la caridad pastoral con la que el Obispo, juez y médico, debe tratar estos asuntos –tan delicados y dolorosos la mayoría de las veces-,  así como los ministros que en su nombre ejercen la justicia en los tribunales eclesiásticos. El ministerio de la justicia no está desligado de la caridad pastoral; estamos hablando de una auténtica pastoral judicial, y así se deduce y asegura por las mismas palabras del Papa Francisco en sus comentarios durante nuestra visita.

Además, el Papa Francisco, aludiendo a la Exhortación apostólica Amoris Laetitia, subrayó los cuatro principios que deben regir el trato pastoral a los  matrimonios en dificultad: acoger, acompañar, discernir e integrar. Nuestra Vicaría Judicial, a través de los sacerdotes y abogados que se han preparado para ello, ofrece este ministerio de acogida y de escucha a aquellas personas que desean poner en manos de la Iglesia su matrimonio con el fin de buscar la verdad acerca de su sacramento. Hoy podemos decir que estos sacerdotes se encuentran en las Vicarías territoriales y acogen  a todos aquellos que piden información y exponen su situación matrimonial, dedicándoles muchas las horas con detenimiento y paciencia. Al tiempo, esto está suponiendo un empeño ineludible en el acompañamiento de los que inician el proceso, especialmente a través de los letrados y peritos psicólogos, los cuales son muy conscientes de la responsabilidad eclesial que asumen cuando intervienen en el proceso de declaración de nulidad matrimonial. La etapa propiamente judicial que culmina en la sentencia -positiva o negativa-, supone un discernimiento responsable para todos los ministros del tribunal, así como una sana tensión para los que, desde la pastoral matrimonial, acompañan a los esposos, les alienta y les ofrecen los grupos en los que pueden integrar sus dificultades y sus debilidades, suponiendo un verdadero ministerio de sanación donde encuentran el rostro maternal de la Iglesia.

No se me escapa que desde esta perspectiva la acción pastoral que la Vicaría Judicial puede ejercer no se circunscribe exclusivamente al ámbito procesal, sino que el horizonte se amplía a todos aquellos ámbitos eclesiales donde se pueden encontrar el dolor de la ruptura matrimonial, ofreciendo así un instrumento para llegar a la sanación y a la curación, haciendo siempre prevalecer la verdad y la justicia, atemperada con la misericordia.

Concluyendo: el campo que desde el Magisterio pontificio se nos abre en este sector particular de los matrimonios en dificultad y de la repercusión que esto tiene en el resto de la familia (hijos, padres, abuelos, hermanos, etc.), es amplísimo; la mies abundante y necesitamos obreros para trabajar en esta parcela del Pueblo de Dios. Es entusiasmante, pero duro y urgente. La recompensa: el Señor es buen pagador,… algo ya nos ha llegado: el abrazo del Papa Francisco, sus palabras, su cariño y su aliento.

 

¡¡¡Gracias, Santidad!!

Grupo Papa y Mujeres Separadas

educacion

Fernando López Luengos. La ideología y el sistema educativo.

 

España es un país que logró consolidar su sistema democrático, a pesar de los complejos retos de la transición, cuando fue capaz de cimentar la organización del nuevo Estado dando prioridad a los ciudadanos frente a las ideologías. “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” reza el primero de los artículos de su constitución. Son los poderes del Estado los que emanan del pueblo español y no al revés.

De ahí también el régimen y funcionamiento del sistema educativo: el Estado es el que debe ayudar y proteger a las familias en la educación de sus hijos, y no las familias las que colaboran con el Estado: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones” (artículo 27.3).

Sin embargo, este principio básico se pone en peligro cuando las ideologías intentan influir directa o indirectamente en el sistema educativo. Dicha intromisión es ilegítima tanto si es suscitada por un solo partido como si lo es por una mayoría de partidos.

Son varios los ataques al artículo 27.3 de la Constitución:

En primer lugar, está en peligro la libertad de enseñanza cuando se obstaculiza la elección del centro educativo así como la creación de nuevos centros. Los gobiernos de algunas comunidades autónomas han planteado una oposición ficticia entre la escuela pública y la concertada, creando una confrontación ilusoria entre los gastos que se invierten en la enseñanza concertada, respecto de los gastos que se dedican a la pública. Como si los primeros fueran sustraídos de los segundos. Cuando la realidad es muy otra: el gasto de cada alumno en la enseñanza pública resulta casi el doble del gasto de un alumno en la enseñanza concertada lo que supone un ahorro de más del 40%.

La “confrontación” entre ambos sistemas es un mito creado por la ideología, pues un colegio concertado es un centro de iniciativa social que ofrece un servicio a cualquier ciudadano que desee utilizarlo. En rigor se trata de una enseñanza pública concertada. ¿No habíamos quedado en que la soberanía nacional reside en el pueblo español, y que de éste emanan los poderes del Estado? ¿Con qué potestad se arrogan estos partidos políticos el derecho a elegir la educación que deben recibir los menores de edad?

Esta intromisión atenta gravemente contra el sistema democrático y solo se justifica desde la irracionalidad de una ideología que necesita falsear los datos de la realidad: junto al mito del coste de la enseñanza concertada se crea el mito de su elitismo ocultando los logros admirables en el ámbito de integración tanto de inmigrantes como de alumnos con necesidades educativas especiales en buena parte de estos centros. Sirva a modo de ejemplo el premio concedido por la Consejería de Educación del gobierno socialista de Castilla la Mancha al colegio Virgen del Carmen “por su trabajo e implicación en la escolarización con el alumnado con necesidades educativas especiales”.

La segunda amenaza procede de la intromisión de la ideología en las aulas. El Tribunal Supremo alertó severamente de este peligro:

“las asignaturas que el Estado, en su irrenunciable función de programación de la enseñanza, califica como obligatorias no deben ser pretexto para tratar de persuadir a los alumnos sobre ideas y doctrinas que –independientemente de que estén mejor o peor argumentadas– reflejan tomas de posición sobre problemas sobre los que no existe un generalizado consenso moral en la sociedad española. En una sociedad democrática, no debe ser la Administración educativa -ni tampoco los centros docentes, ni los concretos profesores- quien se erija en árbitro de las cuestiones morales controvertidas. Estas pertenecen al ámbito del libre debate en la sociedad civil, donde no se da la relación vertical profesor-alumno, y por supuesto al de las conciencias individuales”.

Sin embargo, las actuales leyes contra la discriminación de las personas homosexuales y transexuales de varias comunidades autónomas infringen abiertamente estas advertencias cuando, en nombre de la no discriminación, rebasan este fin loable para introducir políticas activas de aceptación de un modo concreto de entender la sexualidad y la afectividad. Ni siquiera las graves discriminaciones sociales y jurídicas que históricamente ha padecido este colectivo justifican la apología de su estilo de vida ni de ningún otro.

Estas leyes avalan el “derecho a autodeterminarse” de estas personas en materia sexual –lo cual es perfectamente legítimo- pero para ello decretan la enseñanza obligatoria, en todos los centros escolares, de sus criterios en materia de sexualidad y afectividad. Pero, además, imponen severas sanciones a los centros, profesores o padres que manifiesten que no les interesa su estilo de vida o no deseen que se les muestre a sus hijos en la escuela como un estilo de vida recomendable o digno de imitación o aprecio.

El criterio sagrado de la dignidad de la persona –sea cual sea su condición– es fagocitado por el adoctrinamiento en un modelo antropológico concreto, definido por la llamada ideología de género.

Una ideología que se encuentra presente también en varias de las leyes estatales creadas con el fin legítimo de la igualdad jurídica de hombres y mujeres. Pero que, para llevarlo a cabo, intenta imponer un modelo antropológico y ético discutible.

La ideología de género niega que las diferencias entre mujeres y hombres tengan fundamento en la naturaleza, sosteniendo en cambio, que son construidas exclusivamente de modo cultural. Consecuentemente, pueden ser modificadas según el deseo individual. Por el mismo motivo también se podrá “crear” cualquier orientación sexual o incluso “cambiar de género” si se desea, haciendo de la excepción psicológica una norma. Se trata de una visión de la Ética en la que el fundamento del bien y el mal es ajeno por completo a las condiciones de nuestra naturaleza, y procede exclusivamente de una decisión humana. Una orientación ética que aplaude las decisiones individuales sin revisar sus condicionamientos, deficiencias o errores: algo es bueno, por el hecho de ser deseado. Lo pulsional prevalece sobre lo racional.

Sin embargo, el “feminismo de género” no tiene el monopolio intelectual de la lucha por los derechos de la mujer: el llamado “feminismo de la diferencia” reivindica esa misma lucha considerando que las diferencias naturales entre hombres y mujeres, lejos de ser fundamento de toda discriminación, constituyen dos modalidades de la condición humana complementarias y necesarias para el enriquecimiento de la sociedad. ¿Con qué modelo hemos de quedarnos entonces?

Lo que es obvio es que estos planteamientos antropológicos configuran unas doctrinas éticas y filosóficas controvertidas en la sociedad…, precisamente aquello que el Tribunal Supremo advirtió con rotundidad que debía evitarse en el sistema educativo.

Y frente a todo ello ¿qué debe hacer la sociedad?, ¿qué deben hacer los padres, responsables primeros en la educación de sus hijos pues la naturaleza les ha dado autoridad por encima del Estado? La respuesta –en un Estado Democrático y de Derecho– no puede ser otra que exigir a las autoridades que se negocien los cauces legales necesarios para garantizar la neutralidad ideológica y moral en la escuela de acuerdo a los principios constitucionales.

La sociedad entera debería velar porque se respete la libertad de conciencia, y los padres en particular deberán exigir a los centros que se exima a sus hijos de la asistencia a las clases y actividades que no respeten los principios constitucionales interpretados por el Tribunal Supremo. Y cuando esto no fuere garantizado, deberán iniciar

la pertinente denuncia ante la Administración educativa correspondiente, y, en su caso, la interposición de recurso contencioso-administrativo por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona.

Frente al poder de las ideologías cada vez se hace más necesaria la información, y la asociación de fuerzas para una acción comprometida. La identidad del estado democrático y la libertad están en juego.

 

 

Fernando López Luengos

Doctor en Filosofía y profesor de bachillerato en la Enseñanza Pública

Miembro de la Federación España Educa en Libertad

afectividad

 Fernando López Luengos,  Afectividad, sexualidad y homosexualismo.

No es difícil percibir que el asunto de la homosexualidad ha trascendido el ámbito de la Psicología para escorarse en una reivindicación política –persecución de nuevos “derechos”-. Pero esta lucha política no es sino el síntoma de un problema mucho más de fondo de la sociedad: el papel que se concede a la afectividad y a la sexualidad.

Según Viktor Frankl, fundador de la llamada tercera escuela vienesa de psicoterapia, nunca como ahora ha habido tanta liberación en la práctica de la sexualidad. Freud basó sus estudios sobre la neurosis en la represión sexual del puritanismo del s. XIX. Sin embargo, la liberación sexual de mediados del s. XX no disminuyó la ansiedad sexual analizada por Freud, sino que la aumentó. Para Viktor Frankl esta búsqueda obsesiva de placer es, en realidad, un mecanismo de defensa ante la frustración en la búsqueda de sentido: el placer sexual, vivido desde la ansiedad,es la compensación al fracaso en la realización del amor en sus dimensiones más profundas. Si su diagnóstico es cierto, deberíamos encontrar en nuestra sociedad una relación proporcional entre falta de sentido e hipersexualismo. Pues bien, resulta sintomático de esta falta de sentido la evolución del índice de suicidios de nuestro país: en los años 80 en España, el número de muertes por accidentes de tráfico triplicaba el número de suicidios. El acierto de determinadas campañas de tráfico logró disminuir tales cifras de mortandad desde los 8.218 casos de 1.989, hasta solo 3.030 en el año 2.008. Pero en el mismo periodo de tiempo el número de suicidios aumentó desde 2.500 hasta 3.457, superando a las muertes por tráfico y alcanzando en nuestros días casi los 4.000 casos. La cifra es más inquietante si se tiene en cuenta que, por cada caso logrado de suicidio se estiman veinte intentonas fallidas. Es decir, los poderes públicos lograron disminuir los riesgos del tráfico de modo semejante a los riesgos de la salud con la ley antitabaco… pero no parecen haber tenido el mismo éxito en alcanzar el bienestar moral de la población. La falta de sentido ha aumentado en nuestra sociedad acorralada por su hastío y su desesperación. ¿Por qué se ha perseguido el consumo del tabaco mientras se diseñaban campañas que estimulaban la práctica del sexo entre los jóvenes? ¿Por qué se han realizado campañas de tráfico y campañas contra el tabaco que incluían imágenes impactantes y no se ha hecho lo mismo respecto de la práctica del sexo indiscriminado?

El diagnóstico de Frankl parece ser la respuesta: el sexo se convierte en la “compensación estatal” a la crisis de sentido: por eso es necesario proteger su consumo. Se ocultan sus consecuencias psíquicas y se reducen sus efectos a mera cuestión de higiene –campañas sobre el preservativo–. Y se quiebra con ello la necesaria vinculación entre sexualidad y amor. En este contexto resulta necesario hostigar a quien discrepe de esta estrategia, como es el caso de la Iglesia Católica.

El amor ha dejado de ser una promesa de plenitud para convertirse en una mueca deforme, en un objeto de consumo. Cuántos jóvenes de nuestra sociedad (muchos de ellos ni-ni: sin proyecto, sin futuro… sin sentido) sufren el drama de vivir el amor como frustración: “hacen el amor”, SIN AMOR. Pero esta sexualidad no es sino la válvula de escape de un fracaso existencial; del mismo modo que lo es el alcohol. Una válvula de escape que la sociedad no está dispuesta a perder: la rabia con la que los jóvenes protestan cuando se les restringe el botellón, es directamente proporcional al vacío ante el sentido de su vida.

Por esta misma razón, la sociedad ha pasado de la criminalización de la homosexualidad a la criminalización de los psicólogos que aceptan ayudar a una persona homosexual que desea revertir su orientación sexual –así la reciente ley madrileña contra la LGTfobia. El despropósito fundamental de esta ley radica en confundir el sano y necesario respeto por la libre elección de la sexualidad, con la apología e imposición de la forma de pensar de un grupo de personas. Pues sus promotores ni siquiera representan a todas las personas homosexuales, ya que excluyen a los homosexuales egodistónicos:  no todas las personas homosexuales defienden la concepción de la sexualidad del lobby LGTBI, como también es cierto que muchas personas heterosexuales sí la defienden.

Sin embargo, sí tienen razón en algo: ni la criminalización, ni la cruel estigmatización que han sufrido desde el pasado,hacen justicia a la condición de la persona homosexual. Quienes las realizan pretenden situarse en una superioridad moral o psíquica e ignoran hipócritamente las limitaciones de muchos comportamientos no homosexuales. Tenía razón Zerolo cuando, respondiendo a la crítica a la promiscuidad sexual de personas homosexuales,denunciab ael aumento de la demanda de prostitución entre los heterosexuales.Pero es que, precisamente, ambas situaciones (promiscuidad del homosexual y consumo de la prostitución en el heterosexual) delatan el problema de base que denunciara Viktor Frankl: que la ansiedad sexual es síntoma de una frustración más profunda.

Los políticos que han sido capaces de redactar una ley como la de la comunidad de Madrid lo hacen porque sienten el respaldo de una sociedad que acepta cualquier forma de afectividad. Y no me refiero a cuestionar la que se da entre personas homosexuales, sino la que se da entre cualquier persona. Pues del mismo modo que no se puede confundir atracción erótica con enamoramiento –y esto lo entienden hasta los adolescentes– tampoco se puede confundir emotividad con amor: y esto parece que buena parte de nuestra sociedad lo ignora, como ya advirtiera Erich From en El arte de amar. Pues el amor, en su dimensión profunda, trasciende los impulsos eróticos tanto como los impulsos meramente emocionales, para alcanzar las facultades superiores de nuestro psiquismo: entendimiento y voluntad. Por eso no se puede entender el amor como un acto no libre, como un acto en el que la libertad está restringida por la dependencia emocional… que tantas personas padecen. Sí: no es un amor maduro el de tantos que “necesitan” del otro para sentirse amados. El amor es la plenitud de un proceso de madurez y esto no se logra ni en buena parte de matrimonios heterosexuales (basta conocer el porcentaje de matrimonios que fracasan) ni en la mayoría de las relaciones homosexuales (un varón homosexual tiene relaciones con 39 personas distintas como media a lo largo de su vida -!-). E insisto que no son ellos, las personas homosexuales, las que tienen el monopolio de una inmadurez afectiva: en una encuesta entre chicas adolescentes heterosexuales en EEUU, el 85% de las que declaraban haber tenido relaciones sexuales a su edad, reconocían que tenían una relación conflictiva con su padre.

Plantear la afectividad homosexual como modelo a conocer y valorar desde la escuela –como pretende la ley de la comunidad de Madrid violando la libertad de educación consagrada por la Constitución- es tan desatinado como echar sobre las personas homosexuales la culpabilidad de todas las deficiencias afectivas de la sociedad, a modo de chivo expiatorio. Hace falta una perspectiva más seria que reconozca nuestra torpeza a la hora de crecer en lo que, en definitiva, supone la suma y plenitud de toda la psicología humana: el amor. Pues nuestra sociedad, y el mundo, se apaga por falta de amor, de un amor profundo que no se debería atascar en modos incompletos (de heteros o de homos). Que no se debería cegar en no querer reconocer los propios límites psíquicos –como sucede con el homosexualismo político-, ni se debería empeñaren condenar los límites de otros sin tener en cuenta las propias insuficiencias, como sucede con el integrismo.

Fernando López Luengos

Doctor en Filosofía y profesor de bachillerato en la Enseñanza Pública

Miembro de la Federación España Educa en Libertad

anillos

Don José Antonio Martínez García. Vicario judicial de la Archidiócesis de Toledo.  El proceso de declaración de nulidad del matrimonio como búsqueda de la verdad.

 

La Iglesia tendrá que iniciar a sus hermanos —sacerdotes, religiosos y laicos— en este «arte del acompañamiento», para que todos aprendan siempre a quitarse las sandalias ante la tierra sagrada del otro» (EG n. 169). Estas palabras tan impactantes y conmovedoras del Papa Francisco pueden ser la clave perfecta para entender en qué consiste la reforma que recientemente ha aprobado él, como supremo legislador de la Iglesia, a través de dos Motu propio (ley que surge del mismo Papa para reformar una parte del Código de Derecho Canónico), uno para la Iglesia latina, Mitis iudex Dominus Iesus, y otro para la Iglesia oriental, Mitis et misericors Iesus.

En el trabajo cotidiano de los tribunales eclesiásticos aflora muchísimas veces el dolor y el sufrimiento de aquellos que un día fueron llamados a vivir el amor esponsal que brota del sacramento del matrimonio, y sentir profundamente el amor misericordioso del Dios de la Alianza nueva y eterna. Fue todo lo contrario: la oscuridad se metió en casa cuando comenzaron los silencios; la falta de diálogo se llevaba como algo normal; el desconocimiento mutuo se convirtió en resignación; la tristeza inundó unos corazones llamados al amor hasta la muerte… Pero, todo empezó antes… Ah! el noviazgo: sí, la época en la que ellos, y el Señor juntos a ellos, iban trabajando sus corazones, sus afectividades, sus voluntades, para que un día fueran ante el altar, su amor se convirtiera en el mejor vino ¿Cómo ha podido ser? ¿Por qué hemos fracasado? ¿Por qué la Iglesia parece dura y severa ante nuestra equivocación y ante nuestro dolor? La Iglesia es madre y misericordiosa. No existe mayor servicio a la misericordia que la verdad. Busquemos la verdad de nuestro matrimonio. Pongámoslo en las manos de la Iglesia y que ella, ante el Señor, nos diga qué nos ha pasado…

Mitis iudex Dominus Iesus ha querido responder a este deseo de la Iglesia que, por boca del Papa Francisco, quiere acercarse a estas periferias del dolor en la vida matrimonial. En eso consiste en el fondo la reforma del proceso de declaración de nulidad. El Papa ha puesto a la Iglesia cercana al dolor, descalzándose las sandalias ante el esposo y la esposa heridos en sus misma dignidad conyugal, en su fracaso, en su amargura. El principio de la proximidad, del acercarse al prójimo, ha sido uno de los hilos conductores importantes de esta reforma; así como el ejercicio de la potestad judicial que el Obispo tiene por su ordenación episcopal que, junto con los demás Obispos -la sinodalidad-, ejerce de «juez y médico». No puede desentenderse de su potestad judicial. En el ejercicio pastoral se despliegan los tría munera de la ordenación, constituyéndole en maestro, liturgo y juez. Él debe llegar a la certeza moral acerca de lo que ocurrió en el matrimonio, ayudado por su vicario judicial y aquellos ministros, sacerdotes y laicos, que le ayudan en el ejercicio de su ministerio; y, si no lo permiten las circunstancias por la escasez de sacerdotes y laicos preparados, puede decretar que sea un juez único, sin necesidad del permiso de la Conferencia Episcopal, tal y como ocurría hasta ahora. Estos son algunos de los grandes avances que inspiran este acercamiento que la Iglesia y el Santo Padre nos está pidiendo.

Pero hay más. En el año 1741, el Papa Benedicto XIV estableció la doble sentencia conforme como criterio de seguridad jurídica ante el abuso en algunas iglesias a la hora de declarar nulo el matrimonio. Desde entonces, los cónyuges, después de obtener una sentencia que declaraba nulo su matrimonio, debían de esperar a que el tribunal superior al que los juzgó primero, confirmara la declaración. Aún sigue vigente esta norma. Han pasado más de dos siglos… y ahora llega la hora de revisar esta praxis. El Papa Francisco ha sido sensible al clamor de muchas iglesias, de los Obispos y de muchos tribunales eclesiásticos que veían en esta práctica una injusticia flagrante. En efecto, una justicia lenta es de por sí una injusticia. Muchos han sido los casos en los que, debido al número cada vez mayor de causas, se han retrasado inútilmente y muy por encima de lo prudente, es decir, del año y medio establecido por el Derecho, a cinco, ocho, y más años… El Motu proprio establece que, una vez declarado nulo el matrimonio en primera instancia, si los esposos no apelan (están conformes), ni el defensor del vínculo tampoco (porque ha considerado que el proceso se ha hecho correctamente y sin lesionar las leyes de la Iglesia), esta declaración de nulidad se convierte en definitiva y ejecutiva, esto es, los afectados podrán contraer nuevas nupcias si nada lo prohíbe. Así la justicia se hace cercana. No puede durar más de un año y no podemos permitir que el proceso se dilate cuando uno de ellos (o terceros), quieran conscientemente poner trabas y extorsionar la justicia.

Otra novedad importantísima es el llamado proceso abreviado, establecido en los nuevos cc. 1683-1687. En aquellos casos en los que los esposos estén de acuerdo en introducir la causa de la nulidad de su matrimonio, o al menos uno con el consentimiento del otro, y se den testimonios, circunstancias, documentos y hechos históricos que hagan evidente la nulidad del matrimonio y, en consecuencia, el Obispo diocesano pueda alcanzar la certeza moral suficiente de la nulidad de ese matrimonio, podrá declararlo nulo en el plazo de treinta días. No se trata de un divorcio a la católica y rápido. Es un proceso abreviado y judicial. Ello exige una gran responsabilidad tanto en el Obispo como en todos aquellos que le asesoren, empezando por el vicario judicial. Todos deberán garantizar la seguridad jurídica del proceso abreviado, buscando siempre la verdad y la justicia, ante Dios y su Iglesia.

Más novedades son las referentes a las costas judiciales y al papel de las Conferencias Episcopales. En efecto, la nueva ley pide que las tasas de los tribunales sean gratuitas, pero sin lesionar la justa y merecida retribución que los profesionales -letrados y peritos- merecen como sustento personal y familiar. De hecho, en la mayoría de los tribunales de las diócesis españolas se han eliminado las tasas judiciales o se han reducido a una mínima expresión, dado que -frente a lo que los medios de comunicación publican acerca de las nulidades de los famosos y del mundo de la farándula y el glamour-, la mayoría de los demandantes son fieles sencillos, pobres y necesitados, gente normal que no proclaman a voces sus sufrimientos. Un paréntesis: dejemos ya de hacer caso a las noticias amarillas y a los titulares grandilocuentes, fruto de la ignorancia, en algunos casos, y malintencionados en otros. Vayamos a la fuente. Hoy, en la «aldea global» de las comunicaciones, podemos acceder a las fuentes, a las palabras ciertas de nuestros pastores y del Papa. Por su parte, las Conferencias Episcopales deberán ayudar a los Obispos a organizar sus tribunales especialmente cuando no tienen los recursos personales y materiales suficientes. Éstas también deberán procurar «que quede asegurada la gratuidad de los procedimientos, para que la Iglesia, mostrándose a los fieles cual madre generosa, manifieste, en una materia tan estrechamente vinculada a la salvación de las almas, el amor gratuito de Cristo, por el que todos hemos sido salvados».

 Esto puede ser una visión rápida del nuevo Motu proprio Mitis iudex Dominus Iesus. La caridad siempre nos urge y, en consecuencia, urgirá la práctica de esta pastoral judicial. Andando se hace el camino. Ahora toca aplicarla y sacar de ella lo mejor: la doctrina y la jurisprudencia irá abriendo el surco al tiempo que la misericordia llega al corazón de aquellos que fueron vocacionados al amor conyugal y que piden la verdad de su sacramento.

transexualidad

Fernando López Luengos: ¿La transexualidad es una cuestión ideológica?

La cuestión radica en discernir si el problema de la transexualidad debe reducirse a una cuestión ideológica.

Desde el punto de vista clínico, en mayo de 2013, en la última versión del DSM (Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales) de la Asociación Americana de Psiquiatría se cambió la consideración del trastorno de identidad sexual por disforia de género. Sin embargo, desde mucho antes –en 2007– militantes del colectivo LGTBI incluyeron en su agenda política lograr la despatologización de la transexualidad. En España cerca de 100 asociaciones lo han suscrito.

Tenía razón Marx cuando señalaba a la familia natural como enemigo a destruir si se quiere cambiar desde la raíz la conciencia de la sociedad. Tal objetivo fue asumido por el movimiento feminista de los años 60 y por los activistas LGTBI pocos años después. En España, las recientes leyes sobre la identidad sexual en diferentes comunidades autónomas no responden sino un proyecto ideológico. En nombre de algo justo (la no discriminación de personas con una orientación o identidad sexual diferente) estas leyes intentan imponer la aceptación de su particular percepción de la afectividad y de la sexualidad. En ellas, se llega a considerar incitación al odio toda expresión que no haga suyos los principios de la ideología de género.

Sin embargo, ¿todo se reduce a la ideología? Pienso que este diagnóstico no tiene en cuenta todos los factores de la realidad: no tiene en cuenta el rostro de las personas, su historia concreta.

Para empezar, el problema de la transexualidad tiene que ver más con la autoestima que con la identidad sexual. Son muy pocos de los adultos que se han arrepentido después de operarse para “cambiar” de sexo. Sin embargo, la mayoría de ellos no han resuelto la inestabilidad emocional que les llevó a esa decisión. Y este es un dato preocupante que se oculta.

Por si fuera poco, la apreciación subjetiva de la identidad sexual es también problemática, pues un transexual no se identifica sin más con un género en abstracto (varón o mujer) sino con un concepto de género condicionado históricamente. Aunque ha habido transexuales en otras épocas, una mujer de nuestros días que “se siente hombre”, interioriza el modelo de varón que la sociedad actual ha definido. Pero este modelo de varón no es el mismo, por ejemplo, que el que había en la Edad Media: un varón en el que se exaltaba la fuerza física (caballero y guerrero) por encima de los valores intelectuales. O el modelo de varón en el s. XVIII, con maneras delicadas que hoy llamaríamos afeminadas. Es decir, que la transexualidad es una problemática que está configurada desde condicionamientos sociales…, de modo semejante a la anorexia: es difícil imaginar una adolescente anoréxica en el s. XVII o XVIII cuando el canon femenino de belleza se inspiraba en la generosa acumulación de grasas de la nobleza. Pues éste era el modelo envidiado por el pueblo llano acostumbrado a la carestía (las Tres gracias de Rubens o La Maja de Goya por ejemplo). Sin embargo, la sociedad actual considera la anorexia un trastorno y no considera trastorno la disforia de género a pesar de que en ambos casos la propia percepción del cuerpo no corresponde con el cuerpo real.

La idealización de lo sexual después de la revolución sexual de los 60 tiene mucho que ver con esta diferente interpretación: la relativa aceptación social que suscitan las personas transexuales se fundamenta en un criterio existencial que se intenta proteger celosamente: “una cosa es buena por el hecho de ser deseada”. La libertad se sostiene en la satisfacción acrítica de las pulsiones. Sin embargo, este criterio desprecia la racionalidad en favor de la visceralidad. Si un modelo histórico de varón o de mujer puede condicionar la autopercepción de algunas personas, si el 80 % de los niños con disforia de género revierten su identidad al llegar la pubertad ¿por qué ha de resolverse con tratamientos hormonales o quirúrgicos con consecuencias cuando menos complejas?

Desde esta ceguera ideológica se explica la irracionalidad de la campaña de Chrysallis Euskal Herria en Pamplona con el slogan “hay niñas con pene y niños con vulva”. Pues no es legítimo instrumentalizar el sufrimiento real de unas familias para transmitir los postulados de la ideología de género con la excusa de crear un entorno favorable para el menor con disforia de género. No menos graves han sido las reacciones políticas ante el autobús de Hazte Oír con el slogan “los niños tienen pene, las niñas tienen vulva. Que no te engañen” pues ponen en evidencia los modos totalitarios con los que se intenta acallar al que no comparte esa ideología.

Sin embargo, la irracionalidad de esa censura no hace acertado el mensaje propuesto por el autobús. Pues ¿a quién pretenden convencer con ese slogan? ¿Acaso no es evidente que un sector significativo de la sociedad –ajeno a toda estrategia ideológica– no percibe en ello sino un ataque cruel contra personas inocentes?

Es una campaña que logra excitar la visceralidad de ambos bandos, no su racionalidad. En los ya convencidos solo consigue provocar alarma, mientras que a los contrarios les confirma en su percepción de la “intransigencia” de los adversarios de la ideología de género, de su “fanatismo” y “falta de respeto de la libertad de las personas para elegir sus propios valores”. ¿Realmente se consigue así transmitir la verdad sobre la naturaleza humana? ¿No se estará consiguiendo precisamente lo contrario utilizando un discurso que ellos perciben como agresivo al pisotear el sufrimiento de ciertas personas?

Es la falta de pedagogía lo que hace inapropiada tal campaña. Es necesario dar la cara a la ideología de género pues su error y sus modos totalitarios son graves. Es necesario hacerla frente, pero no así. No imitando las mismas armas dialécticas que utilizan los activistas de la ideología de género y que se alimentan de la confrontación; sin mirar el rostro de las personas que sufren, sin escuchar la posición contraria de personas que nada tienen que ver con la agenda política de ningún lobby. Es necesario ponerse en la piel del otro para saber transmitirle la realidad.

Un fin bueno requiere medios buenos. Pero la campaña de Hazte Oír, que es quien fletó el autobús, no pretende iluminar con argumentos un debate social, sino provocar una reacción con gran efecto mediático independientemente de los resultados o de otros “daños colaterales”. Para ellos el fin justifica los medios. Y lograr prestigio es más importante que los mismos logros de la campaña. Esta operatividad al servicio de la estrategia se comprende mejor teniendo en cuenta la relación de Hazte Oír con el Yunque, aunque muchas personas que trabajan en aquella no tengan nada que ver con la organización secreta. Hazte Oír y otras plataformas creadas por el Yunque han contaminado la acción pública de muchos cristianos desde una perspectiva ideológica, es decir, desde una confrontación y excitación de la reacción frente a otros. Por eso, a menudo caen en los mismos vicios viscerales de aquellos contra los que luchan: boicot a productos, demandas civiles y demandas penales. Esto no significa que no tenga sentido una acción pública, una denuncia pública (yo lo estoy haciendo ahora), o incluso un pleito… Pero todo ello sopesado con exquisita prudencia que es lo contrario de la utilización sistemática de las plataformas creadas por Yunque. Pero, por lo que se ve, excitar la emotividad de la gente resulta ser un buen negocio.

La Ideología de Género requiere lo mejor de nuestros esfuerzos y no la elección de los métodos utilizados por las ideologías.

Fernando López Luengos

Doctor en Filosofía. Profesor de bachillerato en la Enseñanza Pública.

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