La condena de los inocentes

El Estado de Derecho Español, democrático, se fundamenta en cuatro valores que propugnan una convivencia digna del ser humano. Uno de los cuatro es la justicia. Tal principio, si bien informa todo el entramado legal de la sociedad, tiene su ámbito específico en el Sistema Judicial. El Poder Judicial en el Estado de Derecho queda legitimado no por ser independiente, sino ante todo por ser justo.

Que en España pueda haber inocentes condenados parece absurdo. Peor, carcome los fundamentos de nuestra democracia por tratarse de lo más injusto que podamos encontrar.
En el Sistema Judicial esto sólo es posible si se cuela un falso testimonio como prueba. El falso testimonio consiste en una afirmación contraria a la verdad hecha ante un tribunal. Los falsos testimonios son gravísimos tanto legal como éticamente, ya que contribuyen a condenar a un inocente, a disculpar a un culpable o a aumentar la sanción en que ha incurrido el acusado; comprometen enormemente el ejercicio de la justicia -y la confianza de los ciudadanos ante su aplicación- y la equidad de la sentencia.

Por todos estos motivos cualquier legitimación, connivencia o apoyo a un falso testimonio es un gravísimo ataque a la ciudadanía española, por no decir al acusado. En España la justicia es un valor esencial de máximo rango, y el único medio para aplicarla es la verdad.
Cualquier otro motivo o interés que se haga presente en el desarrollo de un juicio puede converger en la condena de un inocente. Y esto, simplemente, no es justo.

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