La noticia mediática sobre el suicidio asistido de Mª José Carrasco volvió a reabrir con más crudeza el debate social acerca de la legalización de la eutanasia y el derecho al suicidio asistido.
Tanto la eutanasia como el suicidio asistido se plantean para muchos como solución humanitaria ante situaciones de sufrimiento, en base a una falsa compasión, ignorando la medicina paliativa y olvidando que la vida es objeto de protección en el ámbito penal incluso frente a la voluntad de su titular, que no tiene derecho a disponer de ella libremente y que, por ello, no está legitimado para autorizar a los demás a que lo maten.
La diferencia fundamental entre ambas figuras jurídicas es que en el suicidio asistido el enfermo ingiere fármacos letales que se le administran por terceros, mientras que en la eutanasia se lo administraría el personal sanitario; Sin embargo, no es eutanasia la renuncia al ensañamiento terapéutico, es decir, la renuncia a las prácticas médicas no proporcionales a la situación real del paciente concreto.
Los cuidados paliativos no pretenden ni acelerar ni retrasar la muerte, sino que intentan respetar su curso natural e integran una serie de cuidados, ofrecidos por un equipo interprofesional, incluyendo los espirituales y psicológicos del paciente y ofreciendo un sistema de soporte a las familias con el fin de adaptarse durante la enfermedad del paciente y en la fase posterior de duelo. Se afronta así la muerte como un proceso natural, donde se vive hasta el final con unos cuidados de calidad.
Éstos han sido reconocidos desde los años 80 por la Organización Mundial de la Salud como uno de los pilares de atención a los pacientes con cáncer y otros procesos crónicos en fases avanzadas y terminales; Son una prestación sanitaria que la legislación española contempla como básica en la “Ley de Cohesión y Calidad en el Sistema Nacional de Salud” y, que a su vez, recoge dentro de la Cartera de Servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
En el año 2000 se fijaron las bases para el desarrollo del plan nacional de cuidados paliativos, existiendo en la actualidad solo planes autonómicos que los regulan. Por ello hace falta elaborar una ley orgánica que garantice el acceso universal y equitativo a los cuidados paliativos de calidad en el Sistema Nacional de Salud, evitando así las desigualdades en la legislación autonómica sobre la atención al final de la vida, y es lo que debemos reclamar a nuestros políticos.
El objetivo de los cuidados Paliativos, podría resumirse en la idea expresada por quién fue el responsable de la oficina de cuidados Paliativos de la OMS, J.Stenjward:
“Todos hemos nacido y todos vamos a morir. Deberíamos tener con los que dejan esta vida los mismos cuidados y atención que tenemos con los que llegan a ella, los recién nacidos”.
GRUPO AREÓPAGO
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